MeJuvante GmbH

Términos y Condiciones Generales (AGB)

Términos y condiciones generales de MeJuvante GmbH para la ejecución de obras y prestación de servicios (a fecha de marzo de 2010, versión 4.3).

Esta es una traducción de cortesía. La versión legalmente vinculante es el original en alemán.

MeJuvante GmbH — Términos y Condiciones Generales para Servicios y Contratos de Obra

Fecha: marzo de 2010, versión 4.3

La versión legalmente vinculante es el PDF original: Descargar AGB en PDF. El siguiente texto se facilita únicamente para facilitar su lectura.

I. Objeto del contrato

(1) Estos Términos y Condiciones Generales de la consultora de empresas MeJuvante regulan la prestación de servicios definidos de obra y de prestación de servicios por parte de MeJuvante —en lo sucesivo denominado el Contratista— para el cliente —en lo sucesivo denominado el Cliente—.

(1.1) Los servicios del Contratista se acordarán en la oferta como contratos de obra o contratos de prestación de servicios.

(1.2) En el caso de prestaciones bajo modalidad de contrato de obra, el Contratista será responsable de la supervisión, gestión y control de la ejecución del servicio, así como de los resultados entregados. La integración organizativa de los servicios del Contratista en el flujo operativo del Cliente será responsabilidad exclusiva de este último. Se hace constar que, según el estado actual de la técnica, no es posible garantizar la ausencia total de errores en programas informáticos en todas las condiciones de aplicación.

(1.3) Los servicios bajo modalidad de contrato de prestación de servicios están destinados a la consultoría de estrategia, procesos, organización y sistemas, así como al soporte del Cliente.

(1.4) El Contratista prestará dichos servicios bajo su propia responsabilidad, aplicando los principios del correcto ejercicio profesional y contando con personal cualificado.

(1.5) El Contratista seleccionará y asignará a los empleados necesarios para la prestación del servicio. La selección del personal se realizará en coordinación con el Cliente.

(1.6) El Cliente es responsable de los resultados previstos y alcanzados a través de los servicios o prestaciones de obra contratados al Contratista.

(2) El contrato se formaliza con la aceptación o la prestación del servicio por parte del Cliente y del Contratista. Junto con la prestación del servicio, el Cliente recibirá una referencia a estos Términos y Condiciones Generales, los cuales seguirán siendo válidos para todas las ofertas posteriores hasta su modificación.

II. Condiciones de planificación y ejecución, plazo de finalización, aceptación y responsabilidades de las partes contratantes

(1) La oferta incluirá la «Descripción de los servicios», las condiciones de planificación y ejecución, la definición de las funciones y especificaciones (características) de la obra, así como información sobre las piezas, dispositivos, programas y demás productos necesarios que vayan a utilizarse.

(2) Las partes contratantes acordarán en la oferta un cronograma para la prestación del servicio y una fecha prevista de finalización para los servicios de consultoría, así como una fecha prevista o fija de entrega para las prestaciones en modalidad de obra.

(3) En los contratos de prestación de servicios, el Contratista y el Cliente definirán de forma individualizada y por escrito la descripción de las tareas, la metodología y los objetivos del servicio de consultoría.

(3.1) En los contratos de obra, el Contratista demostrará al Cliente en la fecha límite, siempre que se haya acordado en la oferta, el cumplimiento de las especificaciones pactadas mediante una prueba de aceptación basada en criterios preestablecidos y utilizando los datos y escenarios de prueba proporcionados por el Cliente.

(3.2) El Cliente aceptará sin demora los resultados del contrato de obra tras la entrega o una vez superada con éxito la prueba de aceptación.

(3.3) Las desviaciones insignificantes respecto a las especificaciones y criterios de aceptación acordados no darán derecho al Cliente a denegar la aceptación.

(3.4) Esto no afectará a la obligación del Contratista de subsanar los defectos de conformidad con la Cláusula 11 (Garantía).

(3.5) Tan pronto como el Cliente empiece a utilizar de forma productiva componentes o resultados parciales, estos se considerarán aceptados.

(3.6) Durante la recepción, se redactará un acta firmada por ambas partes que confirme la conformidad del servicio acordado con los criterios de aceptación. Se adjuntará una lista de los errores detectados durante la recepción. Dichos errores se clasificarán en distintas categorías de error.

(3.7) Si el contratista, por razones de las que sea responsable, no logra demostrar las características de rendimiento acordadas en la fecha límite o, si fuera necesario, dentro de un plazo adicional razonable, el cliente podrá rescindir el contrato total o parcialmente tras el vencimiento de dicho plazo adicional. En este caso, se aplicará lo dispuesto en el apartado 16.4.

(4) Para la recepción, se acuerdan las siguientes categorías de error:

(4.1) Categoría de error 1: El uso adecuado (uso económicamente viable) no es posible o se encuentra restringido u obstaculizado de manera inaceptable debido a tales errores.

(4.2) Categoría de error 2: El uso adecuado no se ve tan afectado como para impedir la continuación de la prueba de recepción. Estos errores se corregirán en la medida de lo posible durante el periodo acordado para la prueba de recepción.

(4.3) Categoría de error 3: El uso adecuado no se ve restringido o solo se ve restringido de forma insignificante por estos errores.

(5) La asignación definitiva de estos errores a una de las categorías anteriores se realizará de común acuerdo entre las partes contratantes.

(5.1) Los errores de la categoría 2 que persistan tras la recepción, así como los errores de la categoría 3, se subsanarán en el marco de la garantía con arreglo a un cronograma que se elaborará conjuntamente.

(5.2) Los errores de la categoría 1 se considerarán «desviaciones sustanciales», mientras que los errores de las categorías 2 y 3 se considerarán «desviaciones no sustanciales». No se podrá prorrogar la prueba de recepción ni denegar la recepción debido a errores en dispositivos o programas de otros fabricantes no suministrados en virtud de este contrato, o a errores de manejo no imputables al contratista.

(6) El cliente facilitará al contratista los medios de trabajo necesarios (tales como capacidad del sistema, pantallas/monitores, instalaciones, conexiones telefónicas y de red, etc.) de forma gratuita. En su caso, la oferta especificará las responsabilidades adicionales de las partes contratantes. En la prestación del servicio, el contratista depende de que el cliente cumpla puntualmente con sus responsabilidades asumidas. Si esto no ocurre y ello genera retrasos y/o costes adicionales, el contratista podrá exigir —sin perjuicio de otros derechos legales contemplados— modificaciones en el cronograma y en los precios.

III. Modificaciones del alcance de los servicios

(1) Cada una de las partes contratantes podrá solicitar por escrito a la otra parte modificaciones en el alcance acordado de los servicios. Tras la recepción de una solicitud de modificación, el destinatario comprobará si la modificación es viable y bajo qué condiciones, e informará de inmediato y por escrito al solicitante sobre su aceptación o rechazo, motivándolo si procede. Si la solicitud de modificación por parte del cliente requiere un análisis exhaustivo, este se acordará por separado. El contratista podrá facturar los costes derivados de dicho análisis.

(2) Las adaptaciones contractuales de las condiciones y servicios acordados necesarios para una revisión y/o modificación se fijarán por escrito (acuerdo de modificación adicional/oferta) y se formalizarán de conformidad con el apartado 1.3.

IV. Precios y condiciones de pago

(1) Los servicios prestados en virtud de contratos de obra o de servicios se facturarán al precio fijo indicado en la oferta o, de acuerdo con el apartado 4.2, en función del tiempo y los materiales tras la finalización o recepción de los servicios, a menos que en la oferta se acuerde otra forma de facturación.

(2) En el caso de los servicios prestados en virtud de contratos de obra o de servicios sobre la base de tiempo y materiales, las horas de trabajo, los tiempos de viaje y las piezas consumidas se facturarán a los precios indicados en la oferta correspondiente en el momento de la prestación. Los demás servicios, incluidos los gastos de estancia y desplazamiento, se facturarán por separado.

(3) El contratista podrá modificar los precios indicados en la oferta para los servicios contractuales de obra y de servicios sobre la base de tiempo y materiales mediante un preaviso de tres meses, por primera vez 12 meses después de la celebración del contrato. Se hace expresa referencia al derecho de rescisión del cliente contemplado en la cláusula 16.

(4) Los precios estimados indicados en la oferta para servicios en virtud de contratos de obra y de servicios sobre la base de tiempo y materiales no son vinculantes. Las estimaciones de cantidad utilizadas se basan en una evaluación del alcance de las prestaciones realizada según el leal saber y entender. Si en el transcurso de la prestación del servicio el contratista determina que se van a superar las estimaciones de cantidad, se lo notificará de inmediato al cliente. Hasta que no se obtenga la conformidad por escrito del cliente, el contratista no superará las estimaciones de cantidad en las que se basa el precio estimado.

(5) Si el cliente celebra un contrato de trabajo con un candidato presentado por MeJuvante Services (en el marco de los servicios de selección de personal / Recruiting Services) o con un empleado contratado por MeJuvante (en el marco de los servicios de consultoría / Consulting Services) en el plazo de un año, MeJuvante recibirá, independientemente de la duración del empleo, una comisión de intermediación según el siguiente escalonamiento: Salario bruto anual Honorarios 0 - 39.999 € 10.000 € (tarifa plana) 40.000 - 49.999 € 24 % 50.000 - 59.999 € 26 % > 60.000 € 30 % La comisión de intermediación se calculará en función de la remuneración bruta anual acordada entre el cliente y el candidato o la candidata, más el IVA legal aplicable, con un mínimo de 10.000 €.

(6) Si el cliente contrata a un empleado presentado por MeJuvante (en el marco de los Consulting Services o servicios de consultoría de gestión) para la prestación de un servicio, se aplicarán los siguientes costes en función del Skill Level. Skill Level Honorarios (por hora) • Junior Consultant 130,00 €/h • Consultant 175,00 €/h • Senior Consultant 194,00 €/h • Managing Consultant 225,00 €/h • Vice President 315,00 €/h En caso de que los consultores trabajen más de 8 horas, se aplicará un recargo por horas extraordinarias del 30 %. En domingos y festivos se aplicará un recargo del 100 %. En el marco de la consultoría para PYMES (Mittelstandsberatung), se cobrará la tarifa media por hora recomendada por la IHK de 125,00 €/h para los niveles Junior Consultant, Consultant y Senior Consultant. Para los demás niveles de experiencia, se tomará como base una tarifa de 180 €.

(7) El impuesto sobre el valor añadido (IVA) se facturará al tipo impositivo vigente en el momento de la prestación del servicio. Si el tipo del IVA se modifica durante el periodo contractual, los periodos correspondientes a los respectivos tipos impositivos se considerarán acordados por separado.

(8) Las facturas son pagaderas a su recepción sin deducción alguna. Si el importe de la factura no se ha recibido en el plazo de 14 días a partir de la fecha de vencimiento, el contratista tendrá derecho a reclamar intereses de demora al tipo legal establecido.

(9) El cliente solo podrá compensar créditos si su contrarreclamación es indiscutible o ha sido declarada firme por sentencia judicial.

V. Asignación de personal

(1) Cada una de las partes contratantes designará a una persona de contacto para la coordinación mutua y la aclaración de todas las cuestiones que surjan durante la prestación del servicio. La persona de contacto designada por el cliente facilitará a la brevedad posible al contratista la información necesaria, tomará decisiones o adoptará las medidas oportunas para que se tomen.

(2) Durante la prestación del servicio, las partes contratantes serán responsables de la selección, supervisión, gestión, control y remuneración de su propio personal asignado.

VI. Subcontratación

(1) El contratista podrá encargar la prestación total o parcial de los servicios u obras contratados a subcontratistas designados por él.

(2) Las condiciones contenidas en estas CGC relativas al personal del contratista se aplicarán en la misma medida al personal de cualquier subcontratista.

VII. Información confidencial

(1) Las partes contratantes tratarán los asuntos relevantes y no públicos de la otra parte con el esmero comercial habitual. En particular, el contratista solo estará autorizado a poner a disposición de terceros informes, documentos, dictámenes, cualquier otra declaración escrita y los resultados de su actividad previa autorización del cliente.

(2) Una protección adicional para información especialmente confidencial, así como la definición de sus condiciones y requisitos correspondientes, requerirán en cada caso la firma de un acuerdo por escrito independiente (acuerdo de confidencialidad). Las partes contratantes podrán utilizar libremente las ideas, conceptos, conocimientos técnicos y técnicas relativas al tratamiento de información, siempre que no existan derechos de propiedad intelectual u otros derechos de protección que lo impidan.

VIII. Servicios para candidatos a proyectos y empleo | Uso de datos

personales

(1) Sus datos personales, incluidas su dirección de correo postal y de correo electrónico, podrán ser transmitidos a terceros en determinadas circunstancias. Esto incluye a nuestros socios de servicio que necesiten la transferencia de datos para la gestión del proyecto. En estos casos, no obstante, el alcance de los datos transmitidos se limitará estrictamente a lo necesario.

(2) Si se ha suscrito a nuestro boletín, le enviaremos por correo electrónico información sobre ofertas de empleo, proyectos u otras propuestas de MeJuvante GmbH. Puede darse de baja del boletín en cualquier momento. Asimismo, tiene derecho a rectificar, bloquear y, en su caso, suprimir gratuitamente los datos almacenados sobre usted en cualquier momento. Para ello, póngase en contacto con nosotros a través de newsletter@mejuvante.com o envíenos su solicitud por correo postal o fax.

IX. Obligaciones de colaboración del cliente

(1) Para el desarrollo de la relación comercial suscrita entre las partes y, en particular, para el cumplimiento de las obligaciones de prestación de servicios asumidas por el contratista, resulta imprescindible una estrecha colaboración por parte del cliente. Esta colaboración constituye, por tanto, una obligación contractual esencial. En este contexto, el cliente se compromete a crear de forma gratuita las condiciones necesarias en sus instalaciones para la correcta ejecución del encargo. Esto incluye, en particular, la puesta a disposición de espacios de trabajo adecuados para el personal del contratista, junto con todas las herramientas de trabajo necesarias y la infraestructura correspondiente (p. ej., sistemas informáticos, redes de telecomunicaciones, etc.). Asimismo, el cliente se compromete a facilitar toda la información y documentación necesarias, indicando las personas de contacto correspondientes.

(2) El cliente designará además a una persona de contacto que estará a disposición de los empleados del contratista durante el horario laboral acordado; dicha persona estará facultada para emitir las declaraciones que resulten necesarias como decisiones intermedias en el marco de la ejecución del encargo.

(3) Se garantizará en todo momento al personal del contratista el acceso a la información necesaria para el desempeño de sus tareas. Asimismo, el cliente se compromete a facilitar al contratista con la debida antelación toda la documentación relevante y a informarle de cualesquiera acontecimientos o circunstancias que pudieran ser de importancia para la ejecución del encargo. Esto también se aplica a los documentos, procesos y circunstancias de los que se tenga conocimiento durante el desarrollo de la actividad del contratista.

(4) A petición del contratista, el cliente deberá confirmar la exhaustividad de los documentos presentados y de la información y declaraciones facilitadas mediante una declaración escrita formulada por el contratista.

(5) El cliente garantiza que los informes, planes organizativos, borradores, planos, esquemas, programas, cálculos, peritajes y demás documentos elaborados por el contratista en el marco del encargo se utilizarán exclusivamente para sus propios fines. En la medida en que surjan derechos de autor sobre los resultados del trabajo del contratista, estos corresponderán en exclusiva al contratista.

(6) Si el cliente no cumple con alguna de sus obligaciones de colaboración según lo acordado, las consecuencias derivadas de ello, como prestaciones adicionales y retrasos, correrán a cargo del cliente. El contratista podrá facturar al cliente el esfuerzo adicional generado.

(7) El cliente garantiza que los informes, justificantes fiscales, comprobantes de facturación, etc., que deban elaborarse en el marco del encargo y en relación con la facturación, se pondrán a disposición del contratista inmediatamente tras su recepción o disponibilidad. En caso de que no se pongan a disposición las notificaciones correspondientes, la prestación se facturará hasta nuevo aviso de conformidad con el apartado IV (Precios y condiciones de pago), como mínimo a la tarifa media de 125,00 €/hora.

(8) Todas las obligaciones de colaboración aquí enumeradas son obligaciones principales esenciales del cliente y se acuerdan como tales.

X. Mora en la aceptación

(1) Si el cliente o un tercero encargado por este incurre en mora en la aceptación de los servicios, o si el cliente omite o retrasa alguna de sus obligaciones de colaboración con arreglo a la cláusula 8, el contratista podrá exigir la remuneración acordada por los servicios no prestados a consecuencia de ello y estará facultado para resolver el contrato con efecto inmediato.

(2) El contratista ostentará los derechos previstos en la cláusula 9.1 especialmente cuando la colaboración del cliente y/o de terceros encargados por este influya en la ejecución de un encargo y dicha colaboración no se preste de la forma adecuada en función de su naturaleza y alcance por parte de personas idóneas. El contratista no responderá en ningún caso de los daños relacionados con la prestación de los servicios de colaboración del cliente y/o de terceros encargados por él.

(3) Quedan a salvo los derechos del contratista al reembolso de los gastos adicionales incurridos.

10. Derechos de propiedad y de uso

(1) Se consideran materiales las obras escritas u otras obras protegidas por derechos de autor (resultados del trabajo) que se entregan al cliente de conformidad con el alcance de los servicios acordado, ya sea en formato escrito, legible por máquina u otra forma de representación; tales como programas, listas de programas, programas auxiliares, documentación, actas, planos y obras similares. El término «materiales» no incluye aquellos programas que estén sujetos a sus propias condiciones de licencia.

(2) Las modificaciones y remodelaciones de los materiales existentes se identificarán en la oferta como «adaptaciones». Antes de dicha adaptación, el cliente deberá presentar al contratista el consentimiento correspondiente del titular de los derechos sobre el material existente.

(3) El Contratista especificará los materiales que se entregarán al Cliente. El Contratista o terceros ostentan todos los derechos de propiedad o de uso (incluidos los derechos de autor) sobre los materiales creados durante la prestación de los servicios o que existían previamente. Salvo que se disponga lo contrario en la oferta, el Cliente recibirá una copia de dichos materiales especificados y, a tal fin, el derecho irrevocable, no exclusivo y de ámbito mundial para utilizar, ejecutar, reproducir, mostrar, transmitir y distribuir copias de estos materiales dentro de su empresa. El Cliente está obligado a incluir el aviso de derechos de autor y cualquier otra indicación de propiedad en cada copia que se realice al amparo de estas condiciones.

(4) A efectos de las presentes CGB, se entenderá por empresa cualquier persona jurídica (GmbH, AG, etc.), así como cualquier filial en la que exista una participación superior al 50 por ciento.

(5) Respecto a las invenciones creadas o desarrolladas por una de las partes contratantes durante la prestación de los servicios y para las que se hayan solicitado derechos de propiedad industrial, se aplicará lo siguiente:

(5.1) Las invenciones realizadas por empleados del Cliente pertenecerán al Cliente, y las realizadas por empleados del Contratista pertenecerán al Contratista. Respecto a estas invenciones, así como a los derechos de propiedad industrial concedidos sobre ellas, las partes contratantes se otorgan mutuamente para sus respectivas empresas una licencia no exclusiva, irrevocable, mundial y libre de regalías.

(5.2) Las invenciones realizadas conjuntamente por empleados del Cliente y del Contratista, así como los derechos de propiedad industrial concedidos sobre ellas, pertenecerán a ambas partes contratantes. Cada una de las partes contratantes tendrá derecho a conceder licencias sobre dichas invenciones a terceros o a transferir sus derechos sin necesidad de notificarlo a la otra parte contratante ni de efectuarle pago alguno.

XI. Garantía

(1) En los servicios prestados en virtud de un contrato de obra (Werkvertrag), el Contratista garantiza que se cumplen las características de prestación acordadas en la oferta y que corresponden al objeto del servicio. El Contratista subsanará los defectos cubiertos por la garantía que hayan sido notificados por escrito por el Cliente. El periodo de garantía comienza con la aceptación (cláusula 2.4) y es de 12 meses. Si un defecto no se subsana en un plazo razonable, el Cliente podrá exigir, a su elección, una reducción del precio con respecto a dicho defecto o, si el valor o la aptitud de la obra se ven significativamente mermados, la rescisión del contrato.

(2) La garantía quedará extinguida para aquellos programas que el Cliente modifique o en los que intervenga de cualquier otra forma, a menos que demuestre que dicha modificación o intervención no ha sido la causa del fallo.

(3) El Contratista podrá exigir la remuneración por el trabajo realizado a raíz de una notificación de fallo si demuestra que dicho fallo no le es imputable.

(4) En el caso de los servicios prestados en virtud de un contrato de prestación de servicios (Dienstvertrag), no existe derecho a garantía.

XII. Responsabilidad

(1) El Contratista responderá de los daños derivados de la falta de características garantizadas, de la ocultación dolosa de defectos o del incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales (obligaciones cardinales) que pongan en peligro el objeto del contrato, de los daños personales, así como de los daños causados por él o por sus auxiliares ejecutivos por dolo o negligencia grave que provoquen lesiones a la vida, al cuerpo o a la salud.

(2) En caso de daños causados por negligencia leve, el Contratista responderá, independientemente del fundamento jurídico, únicamente hasta la suma de 25.000 EUR (veinticinco mil euros) o, si el valor del servicio causante del daño fuera superior, hasta el importe del precio de dicho servicio.

(3) En caso de negligencia leve, el Contratista no responderá por el lucro cesante, la pérdida de ahorros previstos, la compensación de gastos infructuosos, los daños derivados de reclamaciones de terceros ni por cualquier otro daño indirecto o emergente, así como tampoco por los datos registrados, incluso si el Contratista hubiera sido advertido de la posibilidad de tales daños.

XIII. Fuerza mayor

(1) Los casos de fuerza mayor, insurrección, huelga, cierre patronal e interrupciones operativas graves de las que no sea responsable autorizan al Contratista a posponer el cumplimiento de sus obligaciones por la duración del impedimento más un plazo adicional razonable. El Contratista notificará de inmediato al Cliente la ocurrencia de dicha circunstancia.

XIV. Incumplimiento y prestación defectuosa

(1) Si el servicio no se presta de conformidad con el contrato y el Contratista es responsable de ello, este estará obligado a prestar el servicio conforme a lo estipulado sin coste adicional para el Cliente y dentro de un plazo razonable. Para ello, será requisito imprescindible que el Cliente presente una reclamación de forma inmediata y por escrito. Dicha reclamación deberá realizarse, a más tardar, en el plazo de 2 semanas tras tener conocimiento de ello o desde el momento en que el Cliente debió haber tenido conocimiento de no haber mediado negligencia grave. Si, por razones imputables al Contratista, la prestación del servicio conforme al contrato fracasara en sus partes esenciales dentro del plazo adicional razonable fijado por escrito por el Cliente, este tendrá derecho a resolver el contrato con efecto inmediato.

(2) En este supuesto, el Contratista mantendrá el derecho a percibir la remuneración por los servicios prestados en virtud del contrato hasta la fecha de entrada en vigor de la resolución. Dicha remuneración solo decayera respecto de aquellos servicios de los cuales el Cliente demuestre, en un plazo de dos semanas tras la resolución, que no le resultan de utilidad o interés. El derecho a la resolución extraordinaria permanece inalterado. Queda excluida cualquier otra reclamación del Cliente motivada por deficiencias cualitativas en la prestación del servicio. Esta exclusión no se aplicará en caso de dolo o negligencia grave, ni en caso de lesiones para la vida, la integridad física o la salud.

XV. Derechos de terceros

(1) El Contratista defenderá al Cliente frente a cualquier reclamación derivada de la infracción de derechos de propiedad industrial o de derechos de autor mediante materiales utilizados conforme al contrato, y reembolsará al Cliente los costes e indemnizaciones que le sean impuestos por un tribunal o que se incluyan en un acuerdo transaccional previamente aprobado por el Contratista, siempre que el Cliente notifique al Contratista de inmediato y por escrito sobre dichas reclamaciones y se reserven al Contratista todas las medidas de defensa y negociaciones de acuerdo. Si se hubieran interpuesto o fuera previsible que se interpongan tales reclamaciones, el Contratista podrá modificar o sustituir los materiales a su costa. Si esto o la obtención de un derecho de uso no fuera posible con un esfuerzo razonable, el Cliente acepta devolver los materiales al Contratista. En tal caso, el Contratista reembolsará al Cliente, como máximo, la cantidad efectivamente abonada al Contratista por la elaboración de dichos materiales.

(2) Queda excluida la responsabilidad del Contratista si las reclamaciones se fundamentan en que:

(2.1) se hayan integrado en los materiales componentes facilitados por el Cliente, o el Contratista haya tenido que seguir, durante la creación de los materiales, borradores, especificaciones o instrucciones suministrados por el Cliente o por terceros por encargo del Cliente, o

(2.2) los materiales hayan sido modificados por el Cliente o utilizados en condiciones de uso distintas a las especificadas, o

(2.3) los materiales se combinen o utilicen con otros materiales no suministrados como sistema por el contratista, o los materiales se combinen o utilicen con un producto, datos, instalaciones o métodos de negocio que no hayan sido suministrados por el contratista, o

(2.4) los materiales se distribuyan, operen o utilicen en interés de terceros ajenos a la empresa del cliente, o

(2.5) la infracción de un derecho de propiedad industrial o de autor se deba exclusivamente a materiales no pertenecientes al contratista.

(3) El cliente eximirá de toda responsabilidad al contratista y a sus subcontratistas frente a reclamaciones de terceros que se deriven de una entrega no autorizada para su procesamiento conforme a la cláusula 10.2, salvo en caso de dolo o negligencia grave del contratista o de sus auxiliares ejecutivos.

XVI. Duración del contrato y rescisión

(1) Los contratos celebrados entre el cliente y el contratista finalizarán al expirar el plazo acordado. Cualquier disposición de rescisión distinta requerirá un acuerdo por escrito. El derecho de ambas partes a la rescisión extraordinaria no se verá afectado por esta disposición.

(2) El cliente y el contratista podrán rescindir el contrato si la otra parte no cumple con sus obligaciones contractuales, incluso tras concedérsele un plazo adicional razonable.

(3) Tras una rescisión conforme a las cláusulas 16.1 y 16.2, el contratista cesará de inmediato todos los trabajos destinados al cumplimiento del objeto de la prestación afectado, o bien según el calendario acordado con el cliente. El cliente pagará el precio acordado deduciendo la parte proporcional correspondiente al alcance de los servicios acordados que se hayan ahorrado debido a la rescisión.

(4) Si el cliente rescinde el contrato por causas imputables al contratista, solo pagará el precio correspondiente a aquellas partes de los servicios recibidos que le resulten de utilidad.

(5) En la medida en que las condiciones contractuales por su naturaleza no estén limitadas en el tiempo, seguirán siendo válidas tras la finalización de la relación contractual y serán aplicables a eventuales sucesores legales o cesionarios del contrato.

XVII. Deberes de lealtad

(1) El cliente y el contratista se comprometen a mantener una lealtad recíproca. Queda especialmente prohibida la contratación u otra forma de empleo de empleados o ex empleados que hayan participado en la ejecución del pedido antes de que transcurran 12 meses desde la finalización de la colaboración.

XVIII. Remuneración

(1) Los detalles de la remuneración se regulan con carácter general por escrito en la oferta y en el contrato individual correspondientes.

XIX. Socios comerciales

(1) El contratista ha celebrado acuerdos con determinados socios (en adelante denominados «socios comerciales») para la comercialización y asistencia técnica de sus productos y servicios. En la medida en que un socio comercial medie en la prestación de servicios y obras con arreglo a estas Condiciones Generales, se aplicarán exclusivamente estas Condiciones Generales. Sin embargo, el contratista no se hace responsable de las actividades comerciales del socio comercial, ni de los compromisos que este asuma frente al cliente, ni de los productos y servicios que el socio comercial ofrezca en virtud de sus propios contratos.

XX. Generalidades

(1) La cesión de derechos y obligaciones derivados de un contrato requerirá el consentimiento previo por escrito del cliente y del contratista únicamente si no se trata de una cesión a una empresa vinculada o a un sucesor legal. El consentimiento solo podrá denegarse por una causa justificada.

(2) Por lo demás, un tercero solo podrá hacer valer derechos derivados de un contrato de conformidad con las cláusulas "Derechos de terceros" y "Responsabilidad".

(3) El uso de marcas comerciales, nombres comerciales u otras denominaciones en la publicidad o en cualquier otra publicación requerirá la autorización previa por escrito del titular del derecho.

(4) El Cliente acepta que el Contratista y sus empresas vinculadas puedan almacenar y utilizar sus datos de contacto, incluidos nombres, números de teléfono y direcciones de correo electrónico, en todos los países en los que el Contratista y sus empresas vinculadas desarrollen actividades comerciales. Dicha información podrá procesarse y utilizarse en el marco de la relación comercial existente, así como transmitirse a subcontratistas y apoderados del Contratista y sus empresas vinculadas con el fin de llevar a cabo actividades comerciales conjuntas, incluida la comunicación con el Cliente (p. ej., para la gestión de pedidos, campañas publicitarias o estudios de mercado).

(5) Antes de que el Cliente o el Contratista emprendan acciones legales por el incumplimiento de una condición contractual, se deberá conceder a la parte afectada la oportunidad adecuada para subsanar dicho incumplimiento.

(6) Las reclamaciones derivadas de un contrato prescribirán en el plazo de tres años.

(7) Los actos jurídicos relativos a un contrato deberán realizarse por escrito.

(8) Es responsabilidad del Cliente cumplir con las leyes de importación y exportación de la República Federal de Alemania y de los EE. UU.

(9) Se aplicará la legislación de la República Federal de Alemania. Se excluye expresamente la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).

(10) En caso de que alguna condición o parte del contrato resulte ineficaz, las demás condiciones y partes del contrato mantendrán su validez.

XXI. Forma escrita, legislación aplicable y jurisdicción

(1) Las modificaciones y adiciones requerirán la forma escrita para su validez. No se aplicarán las condiciones generales del Cliente que resulten contrarias. Este contrato se regirá exclusivamente por el derecho alemán. El lugar de cumplimiento de todas las obligaciones y la resolución de litigios derivados de los contratos individuales será la sede del Contratista. El fuero exclusivo será Frankfurt.

XXII. Cláusula de salvaguardia

(1) Si alguna de estas disposiciones fuera o llegara a ser nula o ineficaz en su totalidad o en parte, las demás disposiciones conservarán su validez. Las partes se comprometen a sustituir las disposiciones ineficaces por otras que sean económicamente equivalentes.

XXIII. Cláusula de forma escrita

(1) Las modificaciones y/o adiciones, incluida la propia cláusula de forma escrita, requerirán la forma escrita.

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